Para proveedores o contratistas domiciliados en la República de Panamá, la factura debe venir acompañada de los certificados de paz y salvo nacional (DGI) y de la Caja de Seguro Social (CSS), vigentes al momento de presentar la factura.
Se exceptúan de este requisito las facturas para órdenes de compras que no superan los $500.00
Requisitos que deben cumplir los certificados de paz y salvo (Nacional y de la Caja de Seguro Social) presentados junto con la factura del proveedor o contratista:
- El nombre del interesado, persona natural o jurídica, descrito en los certificados de paz y salvo deberá coincidir con el nombre descrito tanto en el membrete de la factura como en la orden de compra o contrato.
- El número de Registro Único de Contribuyente (RUC) y Dígito Verificador (DV) de los certificados de Paz y Salvo debe coincidir con el RUC y DV descrito en el membrete de la factura.
- Los certificados deben estar vigentes al momento de presentar su factura.
Otras Certificaciones
Certificación de Empleador No Obligado a Inscribirse a la CSS.
- Para la persona natural o jurídica que requiriendo un paz y salvo, no estuviera obligada a inscribirse o afiliarse al régimen de la Caja de Seguro Social, en virtud de lo dispuesto en la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, la CSS emitirá una certificación haciendo constar tal situación, la que para este fin tendrá la misma validez que un paz y salvo.
- Esta certificación debe estar dirigida a nombre de la Autoridad del Canal de Panamá.
Certificación de Paz y Salvo de Empleador Inactivo
- Para la persona natural o jurídica que requiriendo un paz y salvo, ha formalizado la notificación del cierre o inactividad de la empresa como empleador, ante la CSS.
- Esta certificación debe estar dirigida a nombre de la Autoridad del Canal de Panamá.