Acerca de los Pagos

La Autoridad efectuará los pagos treinta (30) días calendarios después de la presentación de la factura junto con los documentos exigidos y la entrega de los bienes y/o servicios objetos del contrato, u orden de compra. El cálculo de los 30 días comenzará al día siguiente de la última de las siguientes fechas:

  1. Fecha de la presentación de la factura: Es la fecha en la cual la oficina designada en la orden de compra o contrato como "Facturar A", recibe la factura junto con los certificados de paz y salvos y cualquier otro documento exigido por la Autoridad.
  2. Fecha de recepción de bienes y/o servicios: Es la fecha en la cual la oficina designada en la orden de compra o contrato como "Enviar A", recibe los bienes o servicios objeto de la orden de compra o contrato.
  3. Fecha de aceptación de bienes y/o servicios: Es la fecha en la cual la oficina designada en la orden de compra o contrato como "Enviar A", acepta los bienes o servicios objeto de la orden de compra o contrato, cuando dicha orden de compra o contrato incluye una cláusula de inspección y aceptación.

El plazo de treinta (30) días se reduce si el proveedor o contratista ofrece a la Autoridad un descuento por pronto pago. Ver observaciones adicionales en el apartado “Ofrecimientos de Descuento”.

Ejemplos del cálculo de la fecha de pago:
Primer ejemplo: Los bienes fueron los últimos en recibirse.
Fecha de recibo de la factura y demás documentos requeridos 5-MAY-2016
Fecha de recibo de los bienes 9-MAY-2016
Fecha de pago 8-JUN-2016
Segundo ejemplo: La factura y demás documentos fueron los últimos en recibirse.
Fecha de recibo de los bienes 16-MAY-2016
Fecha de recibo de la factura y demás documentos requeridos 20-MAY-2016
Fecha de pago 19-JUN-2016
Retrasos en el pago imputables a la Autoridad

De ocurrir un retraso en el pago imputable a la Autoridad, se pagarán automáticamente intereses calculados sobre la base de la tasa LIBOR a tres (3) meses vigente al inicio de cada trimestre.

La Autoridad efectuará los pagos treinta (30) días calendarios después de la presentación de la factura junto con los documentos exigidos y la entrega de los bienes o servicios objetos del contrato u orden de compra.

A fin de reducir el plazo de treinta días para el pago, la Autoridad acepta el ofrecimiento de descuentos. Los descuentos podrán ser aceptados y tomados siempre que estos sean económicamente beneficiosos para la Autoridad. Es decir, la opción del término será tomada cuando le resulte conveniente a la Autoridad. En los casos en que la Autoridad no aplique el término de descuento, se acogerá al término de pago a 30 días.

Un descuento por pronto pago puede ser ofrecido antes, durante y después de la presentación de una factura. El descuento será ofrecido para todas las facturas que presente el contratista a la Autoridad. Para hacer los ofrecimientos de descuento, el contratista deberá enviar, al correo electrónico Portaldepago@pancanal.com, una carta membretada y cédula de quien firma ofreciendo el descuento. Ver ejemplo de la nota en el siguiente enlace: Ejemplo de la nota.

Importante: La aceptación de un descuento no exime al contratista de cumplir con los requisitos de la factura y con lo estipulado en los términos de pago.

Para consultas adicionales, póngase en contacto con la división de contabilidad en la sección de cuentas por cobrar y cuentas por pagar o escríbanos al: info-proveedores@pancanal.com.

  1. La Autoridad podrá aceptar la solicitud de un contratista de ceder a una institución financiera o del Estado, todos los pagos futuros que le corresponden por razón de la ejecución de un contrato.
  2. El trámite de la cesión de pago tiene un costo de B/.630.00 a partir del 20 de diciembre del 2017. Este monto será deducido del primer pago que se emita al cesionario. Cabe señalar, que aquellos contratos y/o órdenes que están cedidos antes de la fecha indicada, no se les aplicará esta tarifa. Por otro lado, las cesiones de pago a instituciones del Estado, no conllevan el cargo por el trámite de dicha cesión.
  3. Aceptada la cesión de pagos por la Autoridad, el contratista o el interesado deberá anotar en las facturas presentadas para pago el siguiente texto: “Factura corresponde a un contrato con cesión de pagos”.
  4. Para mayor información sobre los requerimientos, favor referirse al siguiente enlace: Requerimientos.